MARCO LEGAL
Es importante que entendamos cómo estas regulaciones nos afectan a todos, tanto a pacientes como a usuarios recreativos.
A continuación, exploraremos juntos los aspectos legales más relevantes.
LA LEY EN CHILE
En Chile, la Ley 20.000 regula el cannabis, enfocándose en prevenir el tráfico ilícito. El consumo de cannabis está penalizado en nuestro país, con la la excepción del uso medicinal, personal o próximo en el tiempo. El cultivo está justificado en la ley 20.000 después de la aplicación “anti-narcos”.
HISTORIA LEGISLATIVA CANNÁBICA
El cannabis ha sido parte de nuestra cultura desde tiempos prehispánicos.
En 2005, la Ley 20.000 se implementó, endureciendo las penas por tráfico. En años recientes, hemos visto intentos de modificar esta ley para permitir el uso medicinal y regular el recreativo.
Estos cambios reflejan nuestro reconocimiento colectivo de los beneficios medicinales del cannabis.
¿QUÉ PODEMOS HACER LEGALMENTE?
En Chile, podemos asociarnos legalmente por medio de la ley 20.500, para crear una asociación sin fines de lucro, enfocada en el cultivo colectivo para el uso exclusivo de los socios que la componen.
La ley 20 mil en sus articulos 4, 8 y 50 autoriza al usuario medicinal de cannabis para portar, consumir y cultivar su propia medicina.
En ambos casos, es importante considerar que en la actualización del artículo 8 de la ley 20.000 se incluyó que “Se entenderá justificado el cultivo de especies vegetales del género cannabis para la atención de un tratamiento médico, con la presentación de la receta extendida para ese efecto por un médico cirujano...”
LAS
ÚLTIMAS NOVEDADES
A fines del 2024, el SAG envío una circular dirigida a las fiscalías del país, con el objetivo de informar que los permisos de cultivos agrícolas industriales que otorga no son para personas naturales ni pacientes medicinales.
Los usuarios de cannabis medicinal no necesitan ese tipo de permisos, al estar incluido en la actualización de la ley 20.000 realizada el 2023.
MINSAL REDUCE ÍNDICE DE PELIGROSIDAD
El nuevo Informe sobre peligrosidad confeccionado por el MINSAL reconoce que en el uso medicinal responsable del cannabis, no todos los usuarios tendrían trastornos por consumo y desmiente el daño permanente al cerebro, que en los anteriores informes se daba por sentado.
Se basa además, en la evidencia de que el cannabis no provoca daños a la salud pública ni a las personas, no produce adicción y sobre todo, en que la ley ya permite su cultivo de modo explícito.
¿Que implica esto?
Se espera que el informe sobre peligrosidad emitido por el MINSAL evite la persecución a los usuarios medicinales por parte de la fiscalía.
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Para más detalles sobre la legislación cannábica en Chile, podemos consultar el sitio oficial del Ministerio de Salud, organizaciones como la Fundación Daya, la Fundación Latinoamérica Reforma y recursos legales en línea.
Mantengámonos informados sobre nuestros derechos y responsabilidades a través de fuentes confiables y estemos atentos a posibles cambios en la legislación.